EL TRATADO DE LISBOA


Básicamente, este tratado tiene unas características parecidas a las de la fallida Constitución Europea. Fue aprobado el 13 de diciembre de 2007, y entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. Fue diseñado para mejorar el funcionamiento de la UE modificando los dos tratados fundamentales, el de Maastricht(1992)  y el de Roma (1957).
 Las reformas más importantes que introduce son:
- Sobre el Consejo de la UE y de ministros: se crea un Presidente permanente del Consejo Europeo y un Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que será a su vez Vicepresidente de la Comisión. Se modifica el sistema de mayoría cualificada (para tomar decisiones importantes) a partir del 1 de noviembre de 2014, la mayoría cualificada se definirá como un mínimo del 55 % de los miembros del Consejo que incluya al menos a quince de ellos y represente a Estados miembros que reúnan como mínimo el 65 % de la población de la Unión. esta medida trata de evitar el bloqueo de las decisiones por parte de algunos países en determinadas decisiones y mejorar así en funcionamiento del Consejo. Con todo para algunos temas se mantiene la unanimidad (política exterior, defensa, fiscalidad) y si cuatro países está en contra de una norma pueden bloquearla.
- Parlamento: límite de diputados en 751. Ningún estado podrá tener más de 96 (Alemania tenía 99) ni menos de 6 (caso de Malta o Luxemburgo). Se establece la codecisión con el Consejo como norma ordinaria de funcionamiento para aprobar las leyes. Aumenta su poder, por ejemplo en temas de aprobación del presupuesto. El Parlamento elegirá al Presidente de la Comisión Europea sobre la base de la preselección que hagan los jefes de estado y de gobierno de la Unión, que tendrán que tener en cuenta los resultados de las elecciones europeas.

Se crea la iniciativa legislativa ciudadana: si se reúnen 1 millón de firmas en favor de una ley,  en al menos 6 países miembros, esta ley será debatida en el Parlamento y aprobada si obtiene la mayoría de los votos. Antes la función de proponer leyes correspondía a la Comisión.
- Hay un listado más claro de las competencias de la Unión Europea. A partir de ahora serán las exclusivas de la UE como la política pesquera común o la unión aduanera, y compartidas (energía, medio ambiente, mercado interior...), para fijar orientaciones generales y coordinación.
-La carta de derechos fundamentales de la Unión pasa a ser vinculante, excepto para Polonia y Reino Unido


En definitiva, estamos ante una reforma en profundidad de la Unión Europea que va a obligar a reescribir todos los manuales de derecho europeo.  Ahora contaremos con cuatro Tratados, el Tratado de la Unión Europea, el Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea, el Euratom y la Carta de Derechos Fundamentales. Además, las competencias del Parlamento aumentan de manera notable.
FUENTES: WIKIPEDIA Y http://www.europarl.europa.eu/aboutparliament/es/0042423726/El-Parlamento-y-el-Tratado-de-Lisboa.html

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